Descubre cómo puedes establecer una fundación sin fines de lucro en El Salvador. Conoce los requisitos y pasos necesarios para iniciar tu proyecto solidario en el país.
Las fundaciones extranjeras que buscan expandirse en El Salvador deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Certificación de la autoridad de registro en el país de origen.
- Copia autenticada de los Estatutos de la Fundación.
- Certificación del Acta de Asamblea General que aprueba la apertura en El Salvador.
- Poder General Administrativo para el representante legal en El Salvador.
- Nómina del personal extranjero designado en el país.
- Balance inicial y certificación de los recursos destinados al desarrollo de proyectos en El Salvador.
Documentación adicional para el Registro de Asociaciones y Fundaciones Sin Fines de Lucro
A partir del 7 de junio de 2022, la Dirección de Registro de Asociaciones y Fundaciones Sin Fines de Lucro ha implementado nuevos requisitos para la incorporación y registro de estas entidades. Estas medidas cumplen con el art. 2 de la Ley Contra el Lavado de Dinero y Activos y el art. 83 del Instructivo para la Prevención, Detección y Control del Lavado de Dinero y de Activos, Financiación del Terrorismo y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva de la Unidad de Investigación Financiera.
Documentación Requerida
Todas las entidades inscritas en la Dirección de Registro de Asociaciones y Fundaciones Sin Fines de Lucro deben presentar la siguiente documentación adicional a la información financiera:
- Comprobante de registro de la entidad, encargado u oficina de cumplimiento ante la Unidad de Investigación Financiera de la Fiscalía General de la República. Registro de la UIF
- Punto de acta con el nombramiento del Encargado de Cumplimiento titular y suplente, y cada vez que exista un cambio en estos puestos.
Obligaciones Adicionales
Además, deben cumplir con las obligaciones definidas en el Artículo 84 del Instructivo para la Prevención, Detección y Control del Lavado de Dinero y de Activos, Financiación del Terrorismo y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva:
- Mantener información sobre el propósito y los objetivos de sus actividades declaradas, así como la identidad de las personas que poseen, controlan o dirigen sus actividades, incluyendo los funcionarios de alto nivel y los miembros de la junta.
- Contar con estados financieros anuales que ofrezcan desgloses detallados de los ingresos y egresos.
- Adoptar controles apropiados para asegurar que todos los fondos sean contabilizados completamente y se empleen de acuerdo con el propósito y los objetivos de las actividades declaradas.
- Tomar medidas razonables para confirmar la identidad, los antecedentes y la buena reputación de sus beneficiarios.
- Documentar la identidad de sus donantes más importantes y respetar la confidencialidad del donante, para prevenir el uso de fondos de caridad en el financiamiento de actividades terroristas.
- Conservar registros de transacciones nacionales e internacionales por un período de al menos quince años, detallados lo suficiente para verificar que los fondos se han recibido y gastado conforme al propósito y los objetivos de la entidad.
- Mantener los registros a disposición de las autoridades competentes.
Cumplir con estos requisitos y obligaciones es esencial para asegurar la transparencia y la legalidad de las actividades de las asociaciones y fundaciones sin fines de lucro en El Salvador.
Nota: El Registro de Agentes Extranjeros (RAEX) en El Salvador es obligatorio únicamente para las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que reciban, de manera directa o indirecta, fondos provenientes de una persona extranjera.
Asegúrese de cumplir con estos requisitos para facilitar el proceso de incorporación. Contáctenos para conocer nuestros servicios legales y obtenga asesoría personalizada sobre cómo establecer su fundación sin fines de lucro en El Salvador.